jueves, 10 de noviembre de 2011

Elecciones generales a las dos cámaras

Cuando al español medio se le plantea que el presidente del senado cobra 11.000 euros brutos al mes, esto es una cifra superior a la del presidente del consejo, queda escandalizado. “¡Pero si no hace nada!” excalama.
Francisco Javier Rojo, Presidente del Senado

Ciertamente, el sueldo del señor Rojo –actual presidente de la cámara alta- parece una necedad incluso superior al organismo que preside. ¿Sirve realmente el senado?
Pues en el panorama actual no. La única función de la cámara es reafirmar lo que diga el Congreso o cámara baja. De hacerlo así, la ley se lleva al rey para que la promulgue, en caso contrario, vuelve al Congreso y, si éste le da por segunda vez el visto bueno, la ley es despachada definitivamente para Zarzuela.
Pocas cosas más hace el Senado. Aprueba de vez en cuando alguna ley de carácter territorial y media con las provincias. También hay que decir que, en el hipotético caso de la muerte de toda la familia real, en tanto que se buscase un nuevo monarca, el presidente del Senado sería quien tendría todos los números de la papeleta para ejercer temporalmente la regencia del reino, aunque tampoco esté así explicitado en la Constitución de 1978.
 Acutal Foramción de El Senado: PP (azul) 123, PSOE (rojo) 105, PSC (amarillo) 10, CIU (naranaja) 6, ERC (pistacho) 4, PNV (verde) 4, UPN (azul claro) 1, Independientes 8 (negro) 3, otros partidos (gris) 8.

¿Por qué dos cámaras? La Segunda República decidió ser un régimen unicameral. Sin embargo, esta decisión se debe a la identificación del senado con el sistema nobiliario. Desde su obertura en 1833, por la regenta María Cristina de Borbón, el senado fue una cámara para la representación nobiliaria del país, conservando no obstante su estatus de órgano colegislativo. El senado tenía amplias competencias en muchas materias y eran comisiones senatoriales quienes juzgaban a miembros del gobierno o diputados acusados de corrupción u otros delitos, pues quedaban por encima de ellos. Los senadores podían ser hereditarios, o bien nombrados por el rey (de forma independiente o a petición de El Congreso). Esto se mantuvo en las constituciones de 1837, 1848, 1869 (!) y 1976. Hasta que en 1931, el nuevo régimen que no creía en los privilegios de la nobleza optó por abolirla. Debemos decir, que Ángel Ossorio, uno de los redactores de la carta magna de 1931, bogó activamente por una cámara territorial, siendo abandonado en la votación por su propio grupo, los conservadores.

Escudo del Senado 




Durante el Franquismo (1939-1975) el Palacio del Senado no actuó de cámara legislativa, pero se convirtió en un punto de reunión frecuente de altos oficiales.
Se argumenta que el presidente Suárez (1976-1981) insistió en un sistema bicameral a fin de evitar similitudes con la Segunda República. En realidad, todo indica que Suárez quería dejar las disputas territoriales fuera de El Congreso. El Senado también pretendía en un principio conservar su carácter de cámara real. En efecto, durante su primera legislatura (1978-1982), algunas personalidades, como el escritor Nobel, Camilo José Cela, fueron designadas senadores reales, por Juan Carlos I. Pero, al no separar bien las competencias de cada cámara, el Senado quedó renegado a un segundo orden. Además, la monarquía abandonó pronto su implicación con el órgano, ya que la exponía demasiado en términos políticos.
 Senado Español durante un pleno.
Muchas voces plantean hoy por hoy la supresión del Senado. El 15-M de hecho propone abolirlo junto a la monarquía. Más que por la ideología, la amplia mayoría de estas voces se mueven por el deseo de ahorrar, no conociendo que el presupuesto de la cámara alta no rebasa los cuarenta y cuatro millones de euros. Cifra insuficiente para equilibrar las cuentas públicas.
La amplia mayoría de sistemas del mundo son bicamerales: Canadá, Alemania, Rusia o Estados Unidos son sólo algunos ejemplos. Vistos en contraposición son los sistemas de El Reino Unido y Francia quienes más destacan. En el sistema británico, la cámara alta, o de los Lores, arrastra el carácter nobiliario con derecho hereditario en algunos miembros, como la baronesa Margaret Thatcher, propio de un senado decimonónico que describimos en el caso español. Por el contrario la Quinta República francesa, siendo de carácter unitario, da una gran importancia a su senado, único punto de representación directa de los distintos departamentos de la república. La República Italiana es bicameral, aunque muchos proyectos, suelen agrupar conjuntamente a miembros de ambas cámaras. En su afán de representatividad, ambos cuerpos legislativos agrupan a casi un millar de senadores y parlamentarios.
 Senado Francés en Los Jardines de Luxemburgo (París)

Soy un gran partidario de un sistema bicameral con un órgano de representación nacional paralelo a otro de representación territorial. Dicha separación redunda en el propio beneficio de la verdadera separación de poderes y en consecuencia de la propia democracia.
Para que el Senado sea bien recibido entre la opinión pública, es necesario reformarlo a fondo. Debe ser útil. Reducir el número de sus miembros sería el primer paso; dos como mucho por autonomía. También es necesario que pase a ocuparse de todas las competencias en materia territorial. Por último, si el senado no aprueba una ley anteriormente votada en El Congreso, nada de devolverla a éste, para que la vuelva a votar: sistema americano. El Senado reforma la ley y envía su contrapropuesta a El Congreso. Si no agrada a la cámara baja, la vuelve a reformar y la vuelve a mandar al senado, así hasta que ambas cámaras legislativas se pongan de acuerdo. Esto que asustará a muchos, lleva funcionando en la mayoría de democracias bicamerales desde hace muchos años, y en el caso americano –el más antiguo- desde 1783. No es tan imposible como parece y contribuye a la salud democrática de la nación.
 Palacio de El Senado en Madrid 

En resumen, a diez días para las elecciones generales marcad la casilla escogiendo a vuestro senador.

3 comentarios:

  1. M'ha agradat l'explicació com en l'apunt de les corbates... però jo no n'uso!

    La Sobirania Nacional s'ha d'exercir en una única cambra, no en cal una de més per a retocar les lleis. Que les facin ben fetes des del principi!

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  2. Com que estem en època de retallades, em temo que al senat li tocaria cenyir-se el cinturó fins desaparèixer. S'ha d'aplicar la navalla d'Ockam davant una despesa pública tan considerable.

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  3. Ja veig que tots dos sou homes d'allò més pràctics. A mi que em perd una mica això de l'institucionalisme i la pompa m'agradaria tenir dues cambres que funcionessin. I de fet, crec que en un estat plurinacional com Espanya, fet i fet, ens faria molt de profit.

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